Esta tarde se celebrará la Junta General Ordinaria de Accionistas del Real Oviedo, una cita muy importante para el futuro del Club.
A las cinco de la tarde se iniciará en primera convocatoria si hay quórum, quedando en suspenso hasta mañana, a las seis de la tarde, si no se pudiese celebrar hoy por falta del mismo.
La Junta se desarrollará en el Salón de Actos de la Parroquia de San Juan el Real, en el 24 de la Calle Fray Ceferino, en Oviedo.
Como ya hicimos ayer, pedimos que los accionistas que tengan previsto acudir a la cita lo hagan con antelación para evitar aglomeraciones. Aproximadamente una hora antes ya se abrirán las puertas para retirar las acreditaciones.
Con motivo de la celebración de esta Junta, el personal del Real Oviedo se encontrará en el lugar de reunión preparando todo lo necesario, por lo que las oficinas del Club estarán cerradas al público durante todo el día. Mañana se volverá a atender a los aficionados en nuestro horario habitual, de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00.
La Junta de Accionistas se desarrollará bajo el siguiente:
Orden del día
1º.- Examen y aprobación, en su caso, de:
a) Las cuentas anuales auditadas –balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria-, correspondientes al ejercicio 2004/2005, cerradas al 30 de junio de 2005, así como la propuesta de aplicación del resultado.
b) La gestión del órgano de administración durante el ejercicio 2004/2005.
c) El presupuesto de ingresos y gastos correspondiente a la temporada 2005/2006.
2º.- Sobre la base del balance auditado, que previamente se hubiere aprobado, acordar una REDUCCIÓN DE CAPITAL, a ejecutar formalmente en el plazo máximo de tres meses, con el fin de recomponer el patrimonio de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, previa la compensación de todas las reservas al mismo fin, que previamente se hubiera aprobado, en cuantía total de 1.975.886,00 euros, por disminución proporcional del valor nominal individual de todas las acciones que componen el capital social de 60,10 euros a 27,50 euros y en coherencia una modificación de los artículos 5º y 6º de los estatutos sociales, relativos a la cifra de capital, que habrán de quedar redactados de la siguiente forma:
“ARTICULO 5º. CAPITAL. El capital social está fijado en la cifra de un millón seiscientos sesenta y seis mil setecientos setenta y cinco euros (1.666.775,00 euros) y se encuentra totalmente suscrito y desembolsado.”
“ARTICULO 6º.- ACCIONES.- El capital social de la sociedad está dividido en sesenta mil seiscientas diez acciones, números uno al sesenta mil seiscientos diez, ambos inclusive, de veintisiete con cincuenta euros (27,50 euros) de valor nominal cada una, integradas en una sola clase y serie, que atribuyen a sus respectivos titulares los mismos derechos reconocidos por la ley y por estos estatutos. Todas las acciones se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas y están representadas por títulos nominativos. La sociedad podrá emitir resguardos provisionales y títulos múltiples en las condiciones y con los requisitos previstos por la Ley. Los títulos de las acciones están numerados correlativamente y contienen las menciones exigidas por la Ley.”br>
3º.- Acordar una AMPLIACIÓN DE CAPITAL, con el fin de fortalecer los recursos de la sociedad, por cuantía total de un millón diez euros (1.000.010,00 euros) mediante la emisión y puesta en circulación de 36.364 nuevas acciones nominativas, que llevarán los números 60.611 al 96.974, ambos inclusive, de igual valor nominal, contenido y derechos que las que resulten de la reducción de capital que, en su caso se acuerde por la Junta previamente, es decir, con un nominal por título de 27,50 euros, contra aportaciones dinerarias que deberán ser íntegramente desembolsadas, facultando, por plazo de un año, al Consejo de Administración para señalar la fecha en que el acuerdo debe ser ejecutado y fijar las condiciones del mismo en todo lo no establecido por la Junta, a cuyo efecto se autorizará especialmente la suscripción incompleta y delegar en el Consejo de Administración, para que una vez respetado el derecho de preferente suscripción, si transcurrido el término que al efecto se fije aún existieran acciones sin suscribir, puedan ser colocadas entre cualesquiera otras personas físicas o jurídicas, sean socios o no, en uno o varios tramos, dando, por último, nueva redacción a los artículos de los estatutos sociales relativos al capital social, al efecto de adecuarlos a la cifra alcanzada.
4º.- Reorganización del Consejo de Administración.
5º.- Nombramiento de Auditores.
6º.- Ruegos y preguntas.
7º.- Otorgamiento de facultades para el desarrollo y ejecución de los acuerdos en todo lo no previsto en los mismos.